CPCI

Conversatorio Cyberseguridad | 3 de mayo

Conversatorio Cyberseguridad | 3 de mayo Difundimos un evento de interés Desde nuestro Consejo difundimos un evento próximo de interés para matriculados que se desarrollará el día 3 de mayo a las 17 hs.: Conversatorio sobre CyberEstafas «Recomendaciones para no caer en estafas online». El evento está dirigido a afiliados APSE y resto de la comunidad. Temario: – Del “cuento del tío” a la Ingeniería social, – Vías o canales más utilizados por los ciber-delincuentes, – Medidas preventivas, – Qué hacer en caso de haber sido víctima. Panelistas: Ab. Hugo Fabian Pérez Carreta y AS. Enrique Gustavo Dutra Moderador: Ing. José Luis Jiménez Modalidad: este evento es libre y gratuito de forma presencial con inscripción previa y virtual vía Streaming de YouTube. El formulario de inscripción se encuentra disponible en aquí.

Segundo llamado: Renovación de Cargos TAD y Revisor de Cuentas

Segundo llamado: Renovación de Cargos TAD y Revisor de Cuentas Hay tiempo hasta el 14 de mayo para la presentación de Listas Mediante la Resolución Nº 5680 del Consejo Directivo del CPCIPC, se convoca a elecciones para renovar 5 cargos titulares y 5 cargos suplentes del Tribunal Arbitral y de Disciplina y del cargo titular del Revisor de Cuentas para el período comprendido entre el año 2023 y diciembre del año 2026. La fecha estipulada es el sábado 27 de mayo de 2023 del corriente año en el horario de 10 a 18 horas, en la nueva sede del Consejo sito Av. La Voz del Interior 7000, Ciudad Empresaria (Edificio Coworking). Recordamos a los matriculados que es posible presentar Listas hasta el 14 de mayo.

Ley 27.411 | Aprobación del Convenio sobre Ciberdelito del Consejo de Europa

Ley 27.411 | Aprobación del Convenio sobre Ciberdelito del Consejo de Europa Siempre es importante volver a repasar esta norma Ponemos a disposición de los matriculados la ley Nacional N° 27.411 que aprueba el Convenio sobre Ciberdelito del Consejo de Europa. Esta ley se encuentra dentro de las distintas normativas legales de carácter nacional que incumben a las Ciencias Informáticas, cuyos contenidos presentan fragmentos relevantes para el desarrollo de las tareas y funciones de los profesionales informáticos. ¿Por qué es importante esta ley para el ejercicio de las Ciencias Informáticas?  El Convenio de Budapest es el primer instrumento internacional que trata de manera específica aspectos relacionados con el ciberdelito. Fue sancionado en noviembre de 2001 por el Consejo de Europa y entró en vigor en 2004. En 2017, mediante la sanción de la Ley Nacional N° 27.411, Argentina aprobó el convenio como parte de su legislación. Este instrumento ya contaba con un Protocolo del año 2003 sobre delitos racistas a través de sistemas informáticos. Cabe destacar que el Congreso Nacional, en el texto de la mencionada ley, hace reservas sobre varios artículos, manifestando que no regirán en nuestra jurisdicción. Como otros temas vinculados a la ciberseguridad, el ciberdelito requiere de una discusión multidisciplinaria en la que expertos legales, en ciberseguridad y en educación deben hacer sus aportes para alcanzar una solución efectiva. Consulta este y otros documentos en nuestra sección Leyes Nacionales Destacadas y esta ley particular completa aquí.

Honorarios Recomendados Actualizados

Honorarios Recomendados Actualizados Honorarios Recomendados actualizados al mes 03/2023. Por consultas y/o la necesidad de obtener una certificación formal al respecto, por favor completar el formulario de contacto mediante la opción «hacer contacto».

Ley 26.388 | Ley Delitos Informáticos y Ciberseguridad

Ley 26.388 | Ley Delitos Informáticos y Ciberseguridad Siempre es importante volver a repasar esta norma Ponemos a disposición de los matriculados la ley 26.388 de Delitos Informáticos y Ciberseguridad. Esta ley se encuentra dentro de las distintas normativas legales de carácter nacional que incumben a las Ciencias Informáticas, cuyos contenidos presentan fragmentos relevantes para el desarrollo de las tareas y funciones de los profesionales informáticos. ¿Por qué es importante esta ley para el ejercicio de las Ciencias Informáticas?  La ley Nacional N° 26.388 de Delitos Informáticos incorpora y tipifica los delitos informáticos al Código Penal Argentino con el objeto de regular las nuevas tecnologías como medios de comisión de delitos. Los delitos informáticos incorporados al Código Penal son los siguientes: Pornografía infantil por internet u otros medios electrónicos (articulo N° 128 C.P.); Violación, apoderamiento y desvío de comunicación electrónica (articulo N° 153, párrafo 1º C.P.); Intercepción o captación de comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones (artículo N° 153, párrafo 2º C.P.); Acceso a un sistema o dato informático (artículo N° 153 bis C.P.);  Publicación de una comunicación electrónica (artículo N° 155 C.P.); Acceso a un banco de datos personales (artículo N° 157 bis, párrafo 1º C.P.); Revelación de información registrada en un banco de datos personales (artículo N° 157 bis, párrafo 2º C.P.); Inserción de datos falsos en un archivo de datos personales (artículo N°  157 bis, párrafo 2º C.P.); anteriormente regulado en el artículo N° 117 bis, párrafo 1º, incorporado por la Ley de Hábeas Data;  Fraude informático (artículo N° 173, inciso 16 C.P.);  Daño o sabotaje informático (artículos N° 183 y 184, incisos 5º y 6º C.P.). Consulta este y otros documentos en nuestra sección Leyes Nacionales Destacadas y esta ley particular completa aquí.

El CPCIPC brinda el servicio de Homologación de Rutinas de Sorteos Sociales | Programa LOTENGO

El CPCIPC brinda el servicio de Homologación de Rutinas de Sorteos Sociales | Programa LOTENGO Agradecemos la confianza de Lotería de Córdoba y Ministerio de Hábitat y Economía Familiar El día de ayer 10 de abril se realizó el acto el sorteo de 70 lotes del programa LOTENGO | Plan de tu lote propio. Cabe destacar que dicha iniciativa fue creada por el Decreto 305/16 del Gobierno de la Provincia de Córdoba con el objetivo de adjudicar lotes con infraestructura a familias residentes en la Provincia de Córdoba. El programa consiste en la transferencia de título oneroso de lotes con infraestructura, destinados a grupos familiares que residan en el territorio de la Provincia de Córdoba con la finalidad de construir viviendas unifamiliares, para uso exclusivo y permanente del grupo familiar, los que serán intransferibles, total o parcialmente, hasta su cancelación crediticia, previa conformidad de la Dirección de Vivienda. La participación del CPCIPC en el acto tuvo dos momentos importantes. Por un lado, el trabajo técnico de homologación de la rutina de «código computacional» que se utiliza en el sorteo, en la cual se certifica su calidad «azarosa» y «transparente». Por otro lado, la verificación de la rutina en acción con el fin de que sea la misma que fue certificada previamente.

Ley 27.590 | Ley Micaela Ortega (Grooming)

Ley 27.590 | Ley Micaela Ortega (Grooming) Siempre es importante volver a repasar esta norma Ponemos a disposición de los matriculados la ley N° 27.590 conocida como Ley Micaela Ortega (Grooming). Esta ley se encuentra dentro de las distintas normativas legales de carácter nacional que incumben a las Ciencias Informáticas, cuyos contenidos presentan fragmentos relevantes para el desarrollo de las tareas y funciones de los profesionales informáticos. ¿Por qué es importante esta ley para el ejercicio de las Ciencias Informáticas?  En el año 2020 se sancionó la Ley Nacional N° 27.590, también llamada Ley Mica Ortega. Esta ley Nacional y su decreto reglamentario 407/2022 crearon el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes. Micaela Ortega tenía 12 años cuando Jonathan Luna, un hombre adulto que fingió ser un niño, la conoció por Facebook, la engañó y luego la asesinó. Finalmente, fue condenado a cadena perpetua y está preso por esa razón. Los objetivos de la ley son proteger del grooming a infancias y adolescencias, enseñarles a usar internet de manera responsable, capacitar a las personas que trabajan en las escuelas, dar información acerca de este delito en los medios de comunicación y explicar cómo y dónde denunciar los casos. En el artículo N° 3 se establece que “se entiende por grooming o ciberacoso a la acción en la que una persona por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. El Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso Contra Niñas, Niños y Adolescentes se encuentra a cargo de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), siendo el órgano de aplicación. Consulta este y otros documentos en nuestra sección Leyes Nacionales Destacadas y esta ley particular completa aquí.

Salutación | Mario Fidelibus

Salutación | Mario Fidelibus Hacemos público nuestro sincero agradecimiento a nuestro querido colega Mario Fidelibus (MP N° 002) por habernos invitado a su festejo de 80 años. Juntos a profesores destacados de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), compartimos y disfrutamos de un hermoso almuerzo fraterno lleno de amistad y familia. La trayectoria profesional de Mario Fidelibus ha transcurrido sirviendo fielmente y en forma desinteresada en distintos cargos relevantes del CPCIPC. En nombre de toda la Comisión Directiva, enviamos un cálido agradecimiento por toda tu dedicación querido Mario.

Renovación de Cargos TAD y Revisor de Cuentas

Renovación de Cargos TAD y Revisor de Cuentas Segundo Llamado a Elecciones | 27 de mayo 2023 Mediante la Resolución Nº 5680 del Consejo Directivo del CPCIPC, se convoca a elecciones para renovar 5 cargos titulares y 5 cargos suplentes del Tribunal Arbitral y de Disciplina y del cargo titular del Revisor de Cuentas para el período comprendido entre el año 2023 y diciembre del año 2026. La fecha estipulada es el sábado 27 de mayo de 2023 del corriente año en el horario de 10 a 18 horas, en la nueva sede del Consejo sito Av. La Voz del Interior 7000, Ciudad Empresaria (Edificio Coworking).

Ley 25.326 | Ley de Protección de los Datos Personales

Ley 25.326 | Ley de Protección de los Datos Personales Siempre es importante volver a repasar esta norma Ponemos a disposición de los matriculados la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. Esta ley se encuentra dentro de las distintas normativas legales de carácter nacional que incumben a las Ciencias Informáticas, cuyos contenidos presentan fragmentos relevantes para el desarrollo de las tareas y funciones de los profesionales informáticos. ¿Por qué es importante esta ley para el ejercicio de las Ciencias Informáticas?  La ley Nacional N° 25.326 de Protección de los Datos Personales tiene por objeto “la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional” (artículo 1). Esta normativa reconoce el derecho de las personas a que sus datos personales no sean utilizados ni registrados sin su consentimiento, a pedir información sobre qué datos personales están registrados en bancos de datos públicos o privados, solicitar que los datos sean corregidos o actualizados o pedir que sean suprimidos, en los casos en que corresponda. Por otra parte, se puede solicitar que esos datos sean guardados confidencialmente y contempla el poder de iniciar una acción judicial para conocer los datos o exigir su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización. Se establece que no puede existir registro de “datos sensibles”, es decir, aquellos que tienen que ver con el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical o que se relacionen con la salud o la vida sexual. Por otra parte, se establecen las obligaciones de los responsables de bases de datos personales: todas las personas humanas o jurídicas públicas o privadas (empresas, instituciones, organizaciones de la sociedad civil, etc.) que sean titulares de un archivo, registro, base o banco de datos destinadas a dar informes, deberán inscribirlas en el Registro Nacional de Bases de Datos de la Agencia de Acceso a la Información Pública. Consulta este y otros documentos en nuestra sección Leyes Nacionales Destacadas y esta ley particular completa  aquí.